El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha denegado Josep Miquel Arenas Valtonyc aplazar su ingreso en prisión, según ha podido confirmar EL MUNDO. Los jueces de Estrasburgo han desestimado así el primer intento del rapero mallorquín para evitar el cumplimiento de la condena de tres años y medio de cárcel impuesta por la Audiencia Nacional y ratificada por el Tribunal Supremo, por injurias a la Corona, enaltecimiento del terrorismo y amenazas.
Precisamente ayer lunes, el abogado defensor de Valtonyc confirmó a TV3 que el rapero está en Bélgica y aseguró que tiene la intención de presentarse ante la la justicia belga en los próximos días, una vez reciba la citación pertinente.
Valtonyc abandonó España el pasado 23 de mayo, con la intención de evitar el ingreso en prisión. Hasta ayer, se desconocía el paradero del rapero, en busca y captura por orden de la Audiencia Nacional. Después de que el Tribunal Constitucional no admitió a trámite su petición de suspensión de pena, Valtonyc ha emitido un escrito al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que hoy ha denegado su primera petición.
Cabe recordar que la Sala II del Tribunal Supremo confirmó la condena de tres años y medio de cárcel que la Audiencia Nacional impuso a Valtonyc por delitos de enaltecimiento del terrorismo, calumnias e injurias graves a la Corona, y amenazas no condicionales en sus canciones. Según el alto tribunal, la Sala rechazó los argumentos del acusado, que aludió a la libertad de expresión y a la creación artística, y subrayó que el lenguaje del rap es extremo, provocador, alegórico y simbólico.
El Supremo consideró que las canciones que escribió Valtonyc y que publicó en Internet incluyen expresiones en apoyo y alabanza a las organizaciones terroristas GRAPO, ETA, y a algunos de sus miembros, así como contra el titular de la Corona y sus familiares, y contra el presidente del Círculo Balear, Jorge Campos, contra quien se dirigieron las amenazas. El alto tribunal entendió que basta con leer los hechos declarados probados en la sentencia -de febrero de 2017- «para comprender la gravedad de las expresiones contenidas y su correcto encaje en los tipos penales de referencia».
Fuente: www.elmundo.es